El Reverendo Gradye Parsons, Secretario Permanente de la Asamblea General, escribió una carta al Presidente de los Estados Unidos expresando su preocupación por la protección de los niños no acompañados. La carta completa esta publicada a continuación.

 

8 de Julio del 2014

Presidente Barack Obama
The White House
1600 Pennsylvania Avenue NW
Washington, DC 20500

Estimado Presidente Obama,

Me dirijo a usted el día de hoy en nombre de la Asamblea General de la Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) para expresar nuestra profunda preocupación con relación a la implicación  que su administración pueda buscar la flexibilidad de la protección otorgada a los niños no acompañados bajo la Ley de Reautorización de Protección de las Víctimas de Tráfico de Personas (TVPRA).

Si bien está claro que nuestro actual sistema judicial de inmigración está mal equipado para responder a las necesidades de las decenas de miles de niños no acompañados, la respuesta a este problema no debe implicar la reducción de la protección a los niños durante este momento de necesidad. Los Estados Unidos a menudo piden aceptar a personas que huyen de circunstancias peligrosas a otros países que están menos equipados. [1]  Ahora es el turno de nuestro país para hacer lo que le hemos pedido hacer antes a muchos otros países.

Estoy agradecido que su solicitud del presupuesto presentado al Congreso el martes incluye dinero para más jueces de inmigración, orientación legal y servicios de representación legal. Esta solicitud podría traer alivio al abrumado sistema judicial, al mismo tiempo respeta la protección que asegura que cada niño reciba una audiencia completa y justa por cualquier reclamo humanitario que él o ella pueda hacer.

Sin embargo, es inaceptable que la implicación de la administración también deba hacer cambios en el TVPRA o que entregue autoridad al Secretario de la Seguridad Nacional para ejercer la discreción para que de ese modo disminuya administrativamente las protecciones de la TVPRA.

Como es requerido bajo la TVPRA, los niños no acompañados deben:

  • Ser puestos en un lugar menor restrictivo ya que es en el mejor interés del infante.
  • No deben ser puestos en una instalación con seguridad a menos que sean un peligro para sí mismos u otros, o han sido acusados ​​de un delito penal.
  • Recibir orientación legal;
  • tener acceso a consejería legal;
  • Recibir a un defensor infantil;
  • Haga que sus aplicaciones de asilo u otro ayuda contra la deportación sean considerados utilizando procedimientos que tengan en cuenta sus necesidades especiales como menores no acompañados; y
  • Estar en contacto con el personal federal que han recibido capacitación especializada para trabajar con los niños no acompañados e identificar a los que han sido víctimas del tráfico para darles asilo u otra reparación especial para el inmigrante especial.

Cualquier cosa menor de estos patrones será arriesgar a estos niños de ser devueltos a situaciones peligrosas y explotadoras. Nuestro país no puede quitarles estas protecciones vitales cuando hay tantos niños vulnerables que las necesitan.

En Cristo,

El Reverendo Gradye Parsons
Secretario Permanente de la Asamblea General
Iglesia Presbiteriana (EE.UU.)


[1]Anne C. Richard, Subsecretaria de la Oficina de Población, Refugiados y Migración del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Declaración ante el Comité del Senado sobre el Poder Judicial, Subcomité de la  Constitución, Derechos Civiles y Humanos, Enero del 2014. (Documento en inglés) www.state.gov/j/prm/releases/remarks/2014/219388.htm.