Esta declaración aborda las graves amenazas físicas que sufren las personas cristianas y

de otros grupos religiosos y étnicos dirigidos por actores estatales y no estatales en varias partes del mundo. Las atrocidades, masacres y actos de terrorismo son significativos en algunas partes de Asia, Medio Oriente y África, y los seguidores de otras religiones han sido maltratados en nuestro país y en Europa. A medida que seguimos escuchando la parábola del Buen Samaritano, y lo que dicen nuestros socios cristianos en todo el mundo, oramos por aquellas personas que se encuentran bajo políticas de amenaza y apoyamos a las personas que sostienen los ideales de los derechos humanos y la libertad religiosa la cual nuestra fe reformada ha contribuido mucho.

El 17 de marzo del 2016, el Departamento de Estado determino que las masacres y otros actos de violencia por el llamado Estado Islámico IS o ISIL, ascendió a un genocidio de personas cristianas, yazidis, chiíes, y demás en zonas controladas por este grupo. Los actos de genocidio son aquellos destinados a «destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso ...» (Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948, artículo 2). La determinación del Departamento de Estado siguió a una resolución aprobada por la Cámara de Representantes (393-0; https://www.congress.gov/bill/114th-congress/house-concurrent-resolution/75/): «Expresando el sentimiento del Congreso sobre las atrocidades perpetradas por ISIL contra las minorías religiosas y étnicas en Irak y Siria incluyendo crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio». Otra resolución similar condenó al gobierno de Siria y sus aliados con respecto a los crímenes de guerra. Una serie de grupos religiosos ha pedido que esta determinación debe efectuarse en contra de la violencia hacia la dimensión religiosa en Siria e Irak.

¿Qué significa la grave definición de «genocidio» para las personas presbiterianas y otras personas de fe y buena voluntad? ¿Y qué respuestas deben apoyar las personas presbiterianas?

  1. Esto incrementa nuestra preocupación hacia las personas cristianas martirizadas y perseguidas en el Medio Oriente y une nuestra fe con la de los otros grupos religiosos. En consulta con nuestros asociados eclesiásticos en la región, la Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) ha estado al tanto de las amenazas a las congregaciones y personas cristianas en varios países durante muchos años. Ahora, el Departamento de Estado ha determinado que este grupo extremista específico va más allá de la expulsión étnica y religiosa (limpieza), y los actos de terrorismo hacia algo más sistemático. Sin embargo, las similares preocupaciones son válidas en algunas partes de Nigeria o Pakistán, cuando se utilizan las leyes de blasfemia contra las personas cristianas.
  2. La definición de «genocidio» aumenta la carga moral de países como los Estados Unidos, para acoger a refugiados y solicitantes de asilo en las regiones que se encuentran en este largo período de guerra, que data desde la invasión estadounidense en Irak en marzo del 2003 y en Siria desde el inicio de las protestas pacíficas en el 2011. Podemos tener una obligación moral para acoger a refugiados por distintos motivos, pero la guerra es la mayor causa de la huida de estos refugiados: no son gente violenta como para que sean temidos. También sabemos que algunas comunidades cristianas afectadas han sido objeto de terrible maltrato y de secuestro por rescate, y otras personas han pagado dinero por protección, para poder mantener sus hogares y negocios. Si bien es posible que queramos que las personas cristianas salgan de lugares difíciles, sabemos que la decisión de salir nunca se toma a la ligera.
  3. La Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) se opone a todo tipo de persecución religiosa e insta a todas las personas cristianas a entender la dinámica que conduce a la persecución en contextos peculiares, consciente de que la asociación con potencias extranjeras (como los EE.UU., u otros paises en el Medio Oriente) puede conducir al ataque de grupos religiosos o étnicos. La resolución de la 220a Asamblea General (2012) For Human Rights and Civic Freedom (https://www.pcusa.org/resource/human-rights-and-civic-freedom-movements/), confirmó las metas de libertad religiosa para las personas cristianas y para las personas de otras religiones en medio de movimientos por el cambio democrático en la región árabe, algunos de los cuales no han tenido éxito. Nuestros socios en las naciones predominantemente musulmanas señalan que la categoría de «minoría» religiosa, aunque ofrecen cierta protección a las personas judías y cristianas como «personas del libro», no implica tener igualdad o libertad religiosa.
  4. Con respecto a Siria, la IP (EE.UU.) ha advertido que los supuestos aliados estadounidenses y los opositores al régimen de Assad también plantean una grave amenaza a la comunidad cristiana y a la minoría alauita en Siria. Por ende, la IP (EE.UU.) ha dado su apoyo para negociar un tratado de paz que involucra a todas las partes afectadas, a lo que la 220ª Asamblea General (2012) llama una «guerra de poder». Por ejemplo, la intervención de Rusia protegió a algunas personas cristianas restantes y a otras personas sirias no sunitas, a la misma vez que también alcanzó algunos grupos aliados de los Estados Unidos y del estado del Golfo. El rol de los poderes regionales, el dinero del exterior, y las armas han hecho que la solución sea más difícil y ha limitado la eficacia de los esfuerzos de las Naciones Unidas. Nos oponemos firmemente a la tortura, a la guerra química y a las atrocidades realizadas por grupos en este terrible conflicto.
  5. La cuidadosa política de nuestra iglesia «intervención humanitaria» (sección 3 a continuación) se pronuncia en contra del uso indiscriminado de medidas militares, incluso cuando se considera necesaria la fuerza para evitar un mayor sufrimiento. En el actual caso de Siria e Irak, tal fuerza debe estar guiada por el objetivo de garantizar la paz, el orden y el apoyo a un proceso de justicia internacional lo más rápidamente posible.
  6. La IP(EE.UU.) apoya la aceptación de las personas refugiadas, un aumento en la ayuda humanitaria en el exterior y los esfuerzos para acabar con la violencia.

El Programa Presbiteriano de Asistencia en Desastres provee asistencia a las congregaciones que patrocinan a personas refugiadas que son reubicadas en los Estados Unidos y también a nuestros asociados eclesiásticos internaciones que reciben primero a esas personas: https://pda.pcusa.org/situations/international/.

La Oficina de Testimonio Publico defiende fielmente la bienvenida a las personas refugiadas: http://officeofpublicwitness.blogspot.com/2016/03/urgent-action-today-tell-house.html.

La Oficina de Testimonio Publico y el Ministerio Presbiteriano en las Naciones Unidas defienden frente al gobierno estadounidense y la comunidad de la ONU, el aumento de apoyo internacional para las personas refugiadas y los acuerdos políticos negociados con respecto a las situaciones que desalojan a nuestros hermanos y hermanas de sus hogares.

Estos puntos reflejan la seriedad de los esfuerzos de nuestra iglesia hacia la protección de las personas cristianas, y otros grupos religiosos y étnicos afectados por la violencia y la opresión. Estas tensiones religiosas no salen de la nada. A menudo el Departamento de Estado y el Departamento de Defensa podrían beneficiarse de una mejor comprensión del impacto de las políticas militares sobre los grupos religiosos, así como de las diferencias entre los mismos. Los(as) líderes cristianos y otras personas religiosas les pueden ayudar a reducir la violencia y construir la reconciliación si se respetan sus roles. Esta es un área donde mi responsabilidad, como Secretario Permanente y el principal representante ecuménico de nuestra denominación, es dar testimonio del «Evangelio de paz» (Ef. 6:15), para hacer justicia a través del derecho internacional y de la solidaridad con el pueblo de Dios en todo el mundo.

Lo que la Asamblea General ha dicho acerca de la respuesta al terrorismo y al genocidio, y el apoyo a la libertad religiosa y los derechos humanos:

  1. La determinación de «genocidio» según los Estados Unidos, requiere el apoyo de las Naciones Unidas para que las sanciones internacionales sean movilizadas, en base a la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (9 de diciembre de 1948), y su aplicación a un grupo que, a pesar de tener territorio, sigue siendo un actor no estatal. Esto también significaría llevar a los responsables de genocidio ante el Tribunal Penal Internacional para su enjuiciamiento. La IP (EE.UU.) ha apoyado la participación de EE.UU. en la Corte, pero hasta ahora, los EE.UU. no están suscritos a este convenio internacional. La Asamblea General Presbiteriana apoyó el tratado sobre el genocidio en varios puntos, especialmente en 1983, y el presidente Reagan firmó ese tratado en 1988, pero los EE.UU. todavía no ha permitido que su propio personal este sujeto a ninguna ejecución internacional relacionada con los derechos humanos.
  2. La Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) ha abordado la cuestión del terrorismo a gran escala en la resolución del 2004, Resolution on Violence, Religion, and Terrorism (https://www.pcusa.org/resource/resolution-violence-religion-and-terrorism/), que dice: «La Asamblea general proclama como política de la IP (EE.UU.) que nuestros criterios morales hacia la paz y la guerra justificable (Confesión Helvética, Confesión de Westminster) encuentran al terrorismo, así sea un estado, grupo o individuo, como inmoral porque ataca injusta y deliberadamente a civiles inocentes (p. 4)». La definición de genocidio identifica a un conjunto particular de civiles inocentes, pero el principio sigue siendo el mismo. En el caso de la reciente determinación del Departamento de Estado, no está claro qué medidas adicionales se han previsto más allá de la actual (no declarada) guerra aérea y el apoyo logístico a diversas fuerzas sobre el terreno en Irak y Siria.
  3. En el caso de Bosnia (1995), la designación de un genocidio significaba la intervención, propiciado por el sentido de que la comunidad mundial había fracasado en su «responsabilidad de proteger» a 800.000 personas, principalmente tutsis, masacradas en Ruanda (1994). Después de estudiar y debatir considerablemente, la 210ª Asamblea General (1998) abordó estos eventos en Just Peacemaking and the Call for International Intervention for Humanitarian Rescue (https://www.pcusa.org/resource/resolution-just-peacemaking-and-call-international/). Las iniciativas justas para establecer la paz «tienen por objetivo impedir las circunstancias que llevan a cabo un conflicto genocida, civil o internacional» (p. 1). En esa resolución, se recomiendan criterios para la respuesta militar a la violencia masiva o la guerra con el motivo de «mantener, consolidar e imponer la paz».
  4. La Iglesia Presbiteriana (EE.UU.) ha expresado su apreciación por la labor del gobierno de los Estados Unidos, así como de los grupos de apoyo en la búsqueda de que todos los gobiernos rindan cuentas a las normas reconocidas de libertad religiosa y de los derechos humanos, incluyendo a los aliados como Arabia Saudita, Egipto, e Israel, los cuales influyen en el comportamiento de las actitudes religiosas de todo el mundo.  Es evidente que existen sociedades cerradas y autocráticas donde los EE.UU. tiene menos influencia, como Corea del Norte, donde también puede contribuir al extremismo y al ataque contra las personas cristianas y otros grupos religiosos. Véanse los informes y un resumen del Departamento de Estado:

http://www.state.gov/j/drl/rls/irf/religiousfreedom/index.htm

http://www.state.gov/j/drl/rls/hrrpt/humanrightsreport/index.htm?year=2015&dlid=252927

http://www.salon.com/2016/04/18/u_s_acknowledges_israels_unlawful_killings_excessive_force_torture_discrimination_against_palestinians/

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정서기가 세계적으로 일어나고 있는 대학살(genocide)에 대한 성명서를 발표하다